MARCHA CONTRA EXPLOTACION MINERA EN CAJAMARCA

martes, 1 de mayo de 2012

LO DIJO EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONALñ Empresas deben elevar costos para reducir pasivos y no regalar espacio al extremismo

Lima, abr. 29 (ANDINA). Las empresas mineras están en la obligación de elevar sus costos entre 4 y 5 puntos porcentuales para aminorar el impacto de sus proyectos en el medioambiente y, de esta manera, “no regalar espacios” a los extremismos, manifestó hoy el titular del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Álvarez.
Presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Álvarez Miranda. Foto: ANDINA/ Archivo
Presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Álvarez Miranda. Foto: ANDINA/ Archivo



En ese sentido, se mostró de acuerdo con que la empresa a cargo del proyecto minero Conga presente no solo un cambio, sino un pacto social a favor del desarrollo de Cajamarca para recuperar la confianza de la población, como lo sugirió el viceministro de Gestión Ambiental, Mariano Castro.
En declaraciones a la agencia Andina, subrayó, además, la coherencia entre los fundamentos de la sentencia del TC respecto al caso Conga, con las nuevas exigencias solicitadas por el Gobierno y el Estado para asegurar el desarrollo de una nueva minería con responsabilidad ambiental y social.
La empresa “también está obligada a elevar en 4 ó 5 puntos porcentuales sus costos, a fin de aminorar el impacto que pueda tener en perjuicio de la actividad agrícola, o en perjuicio de otras actividades económicas de los pobladores de las zonas aledañas; negar esa necesidad, no solo es sacrificar a los pobladores, sino regalar espacios para los extremismos”, afirmó.
Mencionó que el desarrollo de un Estado constitucional depende que los próximos gobiernos respalden los legítimos intereses de las comunidades y garanticen el desarrollo económico del país.
El TC declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Fiscalía de la Nación contra la ordenanza del gobierno regional de Cajamarca, que declara inviable el proyecto Conga, y entre otros aspectos, señala que el libre ejercicio de las inversiones, garantizado en la Carta Magna, no puede lesionar la moral ni la salud pública,
Álvarez mencionó que con la nueva actitud del Gobierno se busca establecer reglas no solamente para esta coyuntura, sino a futuro, por las cuales la inversión en la gran minería debe promover el desarrollo nacional y, al mismo tiempo, preservar el medioambiente y evitar el conflicto social.
Explicó que, de esta manera, se busca trasladar parte de los beneficios obtenidos con la actividad extractiva en beneficio de las comunidades que directamente puedan resultar afectadas, y proteger la actividad agrícola, a la que se dedica la inmensa mayoría de peruanos en la sierra.
“Se trata de huir de las frases simplistas a favor o en contra de determinado proyecto, porque de lo que se trata es de reconocernos como país minero, pero que necesita evitar los conflictos sociales que constituyen el ejercicio de grupos con objetivos netamente políticos, a los cuales no se les debe brindar espacios innecesarios”, agregó.
(FIN) FPQ/GCO

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y la Minería Nuclear en todas sus formas

Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

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  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
  • Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales.
  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
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