Recibido de Nasario Mamani, Tacna, 25 de noviembre.- Funcionario de gobierno regional Tacna actúa como juez y parte y da pase a 262 millones para que PET siga perforando pozos en el tripartito.
Contraviniendo la orden de urgencia de paralizar la saca de agua subterránea en el Tripartito Perú, Chile y Bolivia, además negándose a cumplir el Dictamen 1457-2006 del Comité de Derechos humanos de las Naciones que condena al Perú por haber violado el Art. 27 del Pacto internacional de derechos civiles y políticos en la zona, el Estado peruano, por intermedio del Gobierno Regional Tacna, persiste en seguir perforando pozos en el altiplano.
Y sus funcionarios caen en infracciones al Reglamento del sistema Nacional de Inversión Pública SNIP. Es el caso del Economista Tomás Laqui Villegas, a pesar de tener a la vista la oposición al Proyecto Vilavilani presentado por comuneros de Ancomarca, ha actuado como especialista proponente del Proyecto junto al Proyecto Especial Tacna, PET y a la vez cumple funciones de Jefe de la Oficina de Proyectos de Inversión del Gobierno Regional Tacna.
Amparado en este segundo cargo otorgó la viabilidad al Proyecto Vilavilani I fase II. Este Proyecto que en esencia consiste en saquear las aguas superficiales y subterráneas que desde tiempos inmemoriales, las criadores de Llamos y alpacas le dan buen uso para mantener la humedad y frescura de los humedales altoandinos en Ancomarca (Perú) Visviri (Chile) y Charaña (Bolivia).
Pretende que el Gobierno Central del Estado Perú le autorice un presupuesto del erario nacional de 262 millones de soles para semejante obra violando los Derechos de la población de la Zona, porque no cuenta con LICENCIA SOCIAL.
Así lo han determinado los técnicos independientes que “Al revisar la Ficha SNIP N° 58358 del Proyecto Vilavilani II -Fase I, se tiene que el Eco. Tomas Laqui Villegas, como Especialista recomienda la Viabilidad y como Jefe de la OPI-GRT le otorga la Viabilidad (no es aceptable está duplicidad de funciones).”
Lo cual significa que existe un deliberado propósito de los funcionarios del Estado peruano, de llevar adelante este proyecto pernicioso en rebeldía ante la ley. Esto resulta sintomático con el pedido del Estado peruano de dilatar hasta el 3 de enero el cumplimiento del citado dictamen 1457-2006 del Comité de Derechos Humanos, que le obliga al Estado peruano ponerse a Derecho respecto a sus obligaciones con Ancomarca en el Caso ganado por POMA POMA vs. Perú•
http://www.prensaindigena.org.mx/nuevositio/?p=20013
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